16 marzo, 2012

Milton Sánchez rechazó supuesto secuestro a 7 trabajadores de Yanacocha

14:55 / Conacami Peru

Las personas intervenidas entregaban paquetes escolares a cambio de firmas para respaldar el proyecto Conga.

Conacami 16/03/12.- Milton Sánchez Cubas, presidente de la Plataforma Interinstitucional de Celendín (PIC), rechazó las versiones de denuncia por el supuesto secuestro de de 7 trabajadores de un proyecto de Yanacocha, quienes repartían paquetes escolares a cambio de firmas a favor del proyecto minero Conga.
 
Una de las comunidades al que ingresaron los trabajadores del Fondo de Crédito para el Desarrollo Forestal (Foncreagro) fue Huasmin, que hasta el momento tiene varios heridos producto de la represión armada que sufrió el pasado 29 de noviembre de 2011, siendo uno de ellos Elmer Campos quien hoy se encuentra postrado en estado parapléjico en un hospital de Lima.

En entrevista con la Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería (CONACAMI), Sánchez Cubas señaló que “éstos trabajadores venían entregando paquetes escolares de la Empresa Yanacocha en las comunidades y a cambio solicitaban firmas para respaldar el proyecto Conga”.

Por lo que las rondas campesinas dentro de sus funciones solicitaron la identificación de y los condujeron a la casa Comunal de Chugur para que expliquen a la Asamblea para establecer la autorización de la comunidad para continuar con su labor.

Milton Sánchez señaló que la asamblea debía celebrarse hoy viernes a convocatoria de las rondas, sin embargo desde las 3 de la madrugada efectivos de la DINOES, rodearon la casa Comunal de Chugur, mientras que los comuneros empezaron a reunirse desde las 6 de la mañana.
 
En ese sentido, a esta hora de la tarde aún continúan llevando adelante la reunión con presencia de la Fiscalía autoridades comunales y rondas campesinas, en el ejercicio de sus facultades que le confiere el marco constitucional del Perú.
 
Milton Sánchez dijo que las rondas en Cajamarca son autónomas y tienen facultades jurisdiccionales, para ejercer su autoridad, por lo que no se trata de secuestro como vienen mal informando los medios de Lima y otros de la región.

Las rondas campesinas tienen autonomía para el controlar quien entra y quién sale a la comunidad sobre todo cuando se trata de personas ajenas a la comunidad, pedirles su identificación, mantener la paz y orden dentro de la comunidad, entre otras funciones.
 
De acuerdo al orden constitucional y estado de derecho peruano el artículo 149 de la Constitución Política del Perú, establece que las rondas campesinas tienen funciones jurisdiccionales, las mismas que han sido confirmado por el acuerdo del pleno n°1 del año 1999 de la Corte Suprema.
 
Así mismo la Ley 27908, Ley de las rondas campesinas, en su art. 1 manifiesta que tienen funciones jurisdiccionales de sus comunidades, y son considerados como instituciones de los pueblos indígenas que les concierne el convenio 169 de la OIT.

Por lo tanto las denuncias de los medios de comunicación no tienen asidero legal y no constituyen la “figura de secuestro” el hecho de las rondas ejerzan sus funciones jurisdiccionales, de acuerdo a la justicia consuetudinaria que la Ley les ampara.


Foto: CONACAMI; "Rondas Campesinas de Cajamarca"

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