Por: Marisa Glave Remy
Ricardo Uceda es un periodista al que respeto. Por eso, fue grande mi sorpresa al leer su última columna sobre la familia Chaupe. El artículo da a entender que esta familia es propietaria de varios terrenos y que este hecho tira por los suelos la imagen de una mujer luchadora, que emociona hasta las lágrimas, pues Máxima y su familia no serían “indigentes”, sino algo así como una clase media acomodada. Quienes no conocen el mundo rural pueden tener la sensación de estar frente a una familia que tiene varias casas, con las que genera buena renta.
Pero lo realmente grave, es que el periodista dice que tales propiedades han sido logradas por ocupación. Como pone Uceda en el titular, emociona hasta las lágrimas…hasta [saberla] dueña de nueve predios por vía de la ocupación. La columna da a entender que los Chaupe llegaron, los ocuparon y luego se los apropiaron. Esta referencia no es gratuita. La disputa entre Máxima y Yanacocha por el predio Tragadero Grande es porque la empresa señala que ella es la “auténtica propietaria” y que la familia Chaupe lo habría “invadido”, para luego hacerse de la propiedad. Se pretende demostrar que la familia usa este mecanismo de manera habitual. Entonces, es fácil creer que los Chaupe son unos estafadores.
La imagen que el lector tiene al final del artículo es que una familia vendida como “indigente” por unas ONGs, obviamente politizadas, resulta ser de una clase media campesina acomodada, que se ha ido ganando la vida apropiándose de terrenos de otros. Se insinúa que la mala imagen de Yanacocha ha permitido que se cree una especie de “leyenda urbana” en torno al uso de la violencia contra la familia, la que parecería estar justificada, pues se omite un dato fundamental: Los varios intentos de desalojo contra los Chaupe se hicieron SIN MANDATO JUDICIAL, y el último, en el que se registra la destrucción de la ampliación de su vivienda, luego de que la justicia peruana declarara INOCENTE a Máxima del delito de usurpación, así como el cese del desalojo preventivo y de la administración provisional de Yanacocha sobre el predio Tragadero Grande.
Quisiera aclarar algunas de las imágenes que se construyen en el texto. Empiezo por las propiedades, en plural, para darnos una idea de qué significan nueve hectáreas (ha) en una zona andina. Los investigadores agrarios usan mecanismos de “estandarización” para comparar terrenos: Caballero y Álvarez plantean que una hectárea en costa con riego equivale a 0.53 ha en la sierra con riego y a 0.25 en secano. Si hacemos el cálculo tenemos, entonces, que las nueve hectáreas aludidas, equivalen a 4.77 ha, si fueran buenos suelos -que no lo son- y a 2.25 ha, si son de secano, como señala la familia. Sumados los predios, no llegan, pues, bajo ningún cálculo, ni a una mediana propiedad rural. Ello, sin tomar en cuenta que se trata de terrenos que, además, están dispersos.
Quisiera añadir, por otro lado, un dato sobre el “modo de apropiación”: Los títulos de propiedad parten del reconocimiento de la posesión, sí. Pero no porque se haya “ocupado” el espacio abruptamente, para conseguir la prescripción. Una parte de las parcelas es producto de una herencia. La madre de Máxima se las dio a ella y a sus hermanos. Y otros terrenos son adquiridos. Pero, ¿por qué la mamá o los vendedores originales no inscribieron la propiedad? Pues, porque en el campo hay un problema – grave – de acreditación de la propiedad. Eso no quiere decir que no exista, quiere decir que no está registrada. Por eso, desde los años 90, en que se empezó a fomentar el mercado de tierras rurales, funcionan programas especiales de titulación, que buscan formalizar la propiedad. Una familia podía ser propietaria de una parcela como consecuencia de la Reforma Agraria, por más de 30 años, pero recién a inicios de este siglo consiguió el título que acredita dicha propiedad. Sí, así es el Perú. Entonces, que el título que otorga el sector Agricultura se base en el reconocimiento de la posesión no quiere decir que los Chaupe sean unos usurpadores profesionales. Quiere decir que, como sucede a decenas de miles de campesinos en el Perú, sus derechos y los de sus familias no estaban reconocidos formalmente, pero sí socialmente por sus vecinos, quienes acreditan la propiedad.
El último argumento que quisiera rebatir, que es, además, el que me resulta más agresivo, es que Máxima despierta solidaridad porque es una “indigente”. Máxima es una mujer campesina, trabajadora y luchadora; ahí radica su fuerza. ¿La violencia de Yanacocha sobre Máxima deja de ser condenable porque ella es “propietaria” de algo más? ¿No es Máxima una ciudadana que tiene derecho a enfrentar el cuestionamiento de su propiedad sobre Tragadero Grande en un juicio justo? ¿No es una ciudadana que tiene derecho a que la Policía no vaya como guardián de una empresa con la que disputa la propiedad, a agredirla y a ser testigo pasivo de cómo destruyen su vivienda? El caso de Máxima es simbólico NO porque es una mujer “indigente”, sino porque es una ciudadana que no está dispuesta a aceptar que la insulten, la agredan o la pretendan desalojar con violencia y sin mandato judicial.
Ricardo Uceda es un periodista al que respeto. Por eso, fue grande mi sorpresa al leer su última columna sobre la familia Chaupe. El artículo da a entender que esta familia es propietaria de varios terrenos y que este hecho tira por los suelos la imagen de una mujer luchadora, que emociona hasta las lágrimas, pues Máxima y su familia no serían “indigentes”, sino algo así como una clase media acomodada. Quienes no conocen el mundo rural pueden tener la sensación de estar frente a una familia que tiene varias casas, con las que genera buena renta.
Pero lo realmente grave, es que el periodista dice que tales propiedades han sido logradas por ocupación. Como pone Uceda en el titular, emociona hasta las lágrimas…hasta [saberla] dueña de nueve predios por vía de la ocupación. La columna da a entender que los Chaupe llegaron, los ocuparon y luego se los apropiaron. Esta referencia no es gratuita. La disputa entre Máxima y Yanacocha por el predio Tragadero Grande es porque la empresa señala que ella es la “auténtica propietaria” y que la familia Chaupe lo habría “invadido”, para luego hacerse de la propiedad. Se pretende demostrar que la familia usa este mecanismo de manera habitual. Entonces, es fácil creer que los Chaupe son unos estafadores.
La imagen que el lector tiene al final del artículo es que una familia vendida como “indigente” por unas ONGs, obviamente politizadas, resulta ser de una clase media campesina acomodada, que se ha ido ganando la vida apropiándose de terrenos de otros. Se insinúa que la mala imagen de Yanacocha ha permitido que se cree una especie de “leyenda urbana” en torno al uso de la violencia contra la familia, la que parecería estar justificada, pues se omite un dato fundamental: Los varios intentos de desalojo contra los Chaupe se hicieron SIN MANDATO JUDICIAL, y el último, en el que se registra la destrucción de la ampliación de su vivienda, luego de que la justicia peruana declarara INOCENTE a Máxima del delito de usurpación, así como el cese del desalojo preventivo y de la administración provisional de Yanacocha sobre el predio Tragadero Grande.
Quisiera aclarar algunas de las imágenes que se construyen en el texto. Empiezo por las propiedades, en plural, para darnos una idea de qué significan nueve hectáreas (ha) en una zona andina. Los investigadores agrarios usan mecanismos de “estandarización” para comparar terrenos: Caballero y Álvarez plantean que una hectárea en costa con riego equivale a 0.53 ha en la sierra con riego y a 0.25 en secano. Si hacemos el cálculo tenemos, entonces, que las nueve hectáreas aludidas, equivalen a 4.77 ha, si fueran buenos suelos -que no lo son- y a 2.25 ha, si son de secano, como señala la familia. Sumados los predios, no llegan, pues, bajo ningún cálculo, ni a una mediana propiedad rural. Ello, sin tomar en cuenta que se trata de terrenos que, además, están dispersos.
Quisiera añadir, por otro lado, un dato sobre el “modo de apropiación”: Los títulos de propiedad parten del reconocimiento de la posesión, sí. Pero no porque se haya “ocupado” el espacio abruptamente, para conseguir la prescripción. Una parte de las parcelas es producto de una herencia. La madre de Máxima se las dio a ella y a sus hermanos. Y otros terrenos son adquiridos. Pero, ¿por qué la mamá o los vendedores originales no inscribieron la propiedad? Pues, porque en el campo hay un problema – grave – de acreditación de la propiedad. Eso no quiere decir que no exista, quiere decir que no está registrada. Por eso, desde los años 90, en que se empezó a fomentar el mercado de tierras rurales, funcionan programas especiales de titulación, que buscan formalizar la propiedad. Una familia podía ser propietaria de una parcela como consecuencia de la Reforma Agraria, por más de 30 años, pero recién a inicios de este siglo consiguió el título que acredita dicha propiedad. Sí, así es el Perú. Entonces, que el título que otorga el sector Agricultura se base en el reconocimiento de la posesión no quiere decir que los Chaupe sean unos usurpadores profesionales. Quiere decir que, como sucede a decenas de miles de campesinos en el Perú, sus derechos y los de sus familias no estaban reconocidos formalmente, pero sí socialmente por sus vecinos, quienes acreditan la propiedad.
El último argumento que quisiera rebatir, que es, además, el que me resulta más agresivo, es que Máxima despierta solidaridad porque es una “indigente”. Máxima es una mujer campesina, trabajadora y luchadora; ahí radica su fuerza. ¿La violencia de Yanacocha sobre Máxima deja de ser condenable porque ella es “propietaria” de algo más? ¿No es Máxima una ciudadana que tiene derecho a enfrentar el cuestionamiento de su propiedad sobre Tragadero Grande en un juicio justo? ¿No es una ciudadana que tiene derecho a que la Policía no vaya como guardián de una empresa con la que disputa la propiedad, a agredirla y a ser testigo pasivo de cómo destruyen su vivienda? El caso de Máxima es simbólico NO porque es una mujer “indigente”, sino porque es una ciudadana que no está dispuesta a aceptar que la insulten, la agredan o la pretendan desalojar con violencia y sin mandato judicial.
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